Los vecinos podrán volver a presentar sus ideas en los Presupuestos Participativos de 2025

El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial recupera los Presupuestos Participativos, dotados en este ejercicio de 2025 con una partida presupuestaria de 100.000 euros. Se trata de una iniciativa puesta en marcha en 2017 con el objetivo de que vecinos, mayores de edad al inicio de la fase de presentación de iniciativas, empresarios y asociaciones locales presenten sus propuestas de mejora del municipio.
Según las bases reguladoras de los Presupuestos Participativos, cada proponente podrá realizar un máximo de tres propuestas, sin exceder cada una de ellas los 15.000 euros, IVA incluido.
Para que las propuestas sean admitidas, estas deberán de ir acompañada del nombre y apellidos de la persona que lo propone, el documento de identificación, un correo electrónico y teléfono de contacto, la denominación de la propuesta y una descripción de la misma, tales como características, necesidad que cubre, destinatarios, etcétera.
También deberá estimarse el presupuesto aproximado para el desarrollo del proyecto, así como otra documentación que pueda completar la idea, como textos, imágenes, vídeos…
Cronograma
Estas propuestas deberán presentarse entre el 7 y el 27 de mayo, bien a través del registro general -de forma presencial en la sede del ayuntamiento, o bien a través de la sede electrónica municipal por correo electrónico al área de Participación Ciudadana, o en la propia Plataforma de Participación Ciudadana del Ayuntamiento.
A partir de ahí, entre el 28 de mayo y el 4 de junio se llevará a cabo la evaluación de las propuestas y el día 5 de junio la Comisión Técnica de Evaluación estudiará el cumplimiento de las bases que regulan el proceso para estimar las que cumplan los requisitos o desestimar las que no lo cumplan.
Las propuestas viables se harán públicas el 14 de junio, y la votación de las propuestas estimadas para su ejecución se valorarán entre el 15 de junio y el 6 de julio. A partir del día 7, se expondrán los resultados de la votación y hasta el 30 de julio se llevará a cabo la ejecución de las mismas.
Se considerarán inviables aquellas propuestas que no sean de competencia municipal; sean contrarias al planeamiento urbanístico o a la legalidad vigente; no puedan realizarse con cargo a la anualidad presupuestaria que corresponda; que la descripción de la propuesta presentada sea inexacta, indeterminada, imprecisa o incompleta una vez requerida información a quien la proponga; o bien propongan que la ejecución de la propuesta sea realizada por quien realice o se sugiera en la propuesta ya que la primera premisa de la convocatoria de los Presupuestos Participativos reza que “la ejecución de todas las propuestas será realizada por el Ayuntamiento con medios propios o mediante un proceso de contratación”.
Otros de los motivos por los que las propuestas puedan considerarse inviables son que, para su realización, requiera la firma de un convenio para su ejecución; que para el desarrollo de la misma el Ayuntamiento precise de la colaboración de voluntariado, entidades ciudadanas, instituciones, etcétera; no sea una propuesta incluible en los capítulos de gastos corrientes o inversiones del presupuesto municipal -no se admitirán las propuestas que conlleven nueva contratación de personal por parte del Consistorio y se excluye cualquier tipo de transferencia o subvención-; que el importe del gasto anual de mantenimiento represente un gasto superior al que el departamento pueda asumir en su presupuesto ordinario; que se correspondan con actuaciones en desarrollo o actuaciones previstas en contratos o que estén en proceso de tramitación en el momento de realizarse la evaluación; que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo establecido en la convocatoria; que la propuesta afecte a una actuación que haya sido ejecutada en los últimos tres ejercicios presupuestarios anteriores; que afecte a otra propuesta que se haya ejecutado anteriormente con cargo a los Presupuestos Participativos de los últimos cinco años; que sea inviable por otros motivos, tales como técnicos, económicos o legales, motivados por el personal técnico municipal.




