Los tres Escoriales del Escorial: anarquía ortográfica y solución histórica, legal y morfofonológica de José Rodríguez Díez, O.S.A.
José Ruiz Guirado.- Sería el entrañable amigo Pepe Sierra, docto en latines y catedrático de música en el conservatorio madrileño, quien me habló de un trabajo publicado en “La ciudad de Dios” (enero-abril 2010), Real Monasterio del Escorial (el contracto es mío); obra de José Rodríguez Díez, O.S.A: “Los tres Escoriales del Escorial: anarquía ortográfica y solución histórica, legal y morfofonológica”.
Un servidor, por su parte, cada vez que se topa con algunas de las bibliografías relacionadas con el Monasterio del Escorial, de las que, por su representatividad, no podía eludir, lo reproduzco, para el asunto que nos ocupa: Fray Juan de San Jerónimo, “Memorias deste Monasterio de Sant Lorencio el Real del Escorial”; Fray José de Sigüenza, “La fundación del Monasterio de San Lorenzo el Real”; Fray Francisco de los Santos, “Descripción del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial”; Fray Andrés Ximénez, “Descripción del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial”; Fray Damián Bermejo, “Descripción artística del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial”; Fray José de Quevedo, “Historia del Real Monasterio de San Lorenzo llamado comúnmente del Escorial”; Antonio Rotondo; “Historia descriptiva , artística y pintoresca del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial”.
Como se aprecia en cada uno de los títulos, como en cuantas referencias aparecen en sus textos, la contracción “del” junto a lugar Escorial , o a la Obra; se emplea siempre. Pero pongamos los antecedentes correspondientes para no perdernos. El autor de la tesis de la investigación diferencia tres Escoriales para los próximos al lugar; distinguiéndolos así, de los que utilizan, desde la lejanía un solo del Escorial, a saber: Leal Villa del Escorial, Monasterio de San Lorenzo el Real del Escorial y Real Sitio de San Lorenzo del Escorial.
La intención no es otra, que poner en claro la norma entre el lenguaje hablado con lo escrito, al plantear la dicotomía entre “DEL/ DE EL ESCORIAL”, que no se aviene a norma en el lenguaje escrito con el hablado; el oficial con el oficioso; el gubernamental con el académico. Dicho en román paladino: aquí intenta el autor desmontar la teoría absurda y decimonónica – no por capricho, sino producto y consecuencia del exhaustivo estudio que lo corrobora- en la que insisten fervientes implicados (como el caso del bibliotecario agustino Julián Zarco Cuevas) de ir contra norma: “ ¿Quién diría voy a El Escorial; tengo un El Escorial?”
Aporta el autor documentación pública, privada, oficial, científica, académica, municipal, consuetudinaria o gubernamental; como es el caso del Real Decreto, aprobado por S.M. en Madrid el 27 de junio de 1916. Transcribo el texto: “De conformidad con el Presidente de Mi Consejo de Ministros; de acuerdo con el mismo Consejo y con el parecer de la Comisión permanente del Consejo del Estado: “Vengo en aprobar la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando de denominación a los 573 Ayuntamientos de España en aquella comprendidos, los cuales, en lo sucesivo, se designarán con los nombres que especifica la siguiente relación, que se insertará en la GACETA DE MADRID, Boletines Oficiales de las provincias y publicaciones oficiales de los Departamentos ministeriales.”
Dado en Palacio a veintisiete de junio de mil novecientos dieciséis. Alfonso. El Presidente del Consejo de Ministros, Álvaro Figueroa (Conde de Romanones)”.
En cuanto a lo que nos interesan, especifica: “El Escorial o Escorial de Abajo, partido de San Lorenzo del Escorial, se llamará “El Escorial”. “San Lorenzo, partido de San Lorenzo del Escorial, se llamará San Lorenzo del Escorial”. A continuación, el autor apostilla: Rex dixit: “se llamará El Escorial”, “se llamará San Lorenzo del Escorial”.
No hay duda. Los textos claros no necesitan interpretación. El Escorial como nombre propio sin entrar sobre si la forma antepuesta se mantiene como artículo determinante o parte sustantiva por integración al nombre, dejando así que las reglas ortográficas apliquen la contracción. Y San Lorenzo del Escorial contraído, muy acorde con el habla natural o lenguaje morfofonológico que siempre es contraccionista, puede ser buena pista como criterio aplicable a la villa del Escorial y al Monasterio del Escorial cuando el morfema “El” no es principio de frase y le precede la preposición “a” o “de”.”
Continúa el autor su viaje investigador llegando al gentilicio “escurialense”, en el que explica con datos y fechas, cómo ha evolucionado en el DRAE; con el propósito de distinguir entre estos y los aplicables a los habitantes de San Lorenzo (sanlorentino), recordando voces próximas: sanlorenceño, sanlorencino, sanlorenzano. No se limita el autor a esta aportación; sino que requiere al Departamento del “Español al día” de la RAE que le aclare estas dudas. Por la respuesta que le da el organismo competente, se colige las carencias existentes en la Institución. En la parte segunda de su estudio aborda la “Ortografía anárquica de los tres Escoriales” en la literatura oficial posdecretal. Aporta varios documentos (de 1916 a 1931) en los que los diferentes criterios le llevan a consultar a la RAE, quien a la vez remite a la Agencia Estatal del BOE. La respuesta era fácil de adivinar:
“Estimado Sr.: En relación a su consulta, le informamos que tras una búsqueda en nuestras bases de datos y con los datos facilitados no hemos encontrado nada publicado.”
Ante este vacío, ambigüedad o desidia aporta la reflexión de distintos escritores de relieve, con vecindad residencia en el Real Sitio: Víctor de la Serna, P. Gabriel del Estal, Felicísimo Castaño, Gabriel Sabau Bergamín o Mario Díaz. Todos ellos pro contraccionistas, que refutan su tesis con evidentes aclaraciones; como la de Víctor de La Serna: “En todos los idiomas en que existen contracciones –el portugués y el francés son los más próximos y los más semejantes en su morfología al castellano- se conservan con todo rigor en las designaciones de ciudades y lugares que comienzan con artículo “O” en portugués o “Le” en francés…” El trabajo concluye con un epílogo de conclusiones en el que a través de ocho puntos expone una “solución morfofonológica y legal de los tres escoriales”; incluyendo nueva petición a la RAE; así como al Ilustre Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial para que considere la acepción “sanlorentino”.
Éste es un trabajo tan esperado como clarificador. Hay que felicitar al autor por su investigación y, especialmente, por asentar unas bases que estaban en el aire. Como le dije por correo, sin duda habrá un antes y un después tras esta publicación. Me comentaba Pepe Sierra, quien me lo facilitó magníficamente encuadernado, que no va a ser tarea fácil desmontar todo el tinglado. El autor realizó el encomiable esfuerzo. A los demás nos queda la obligación de transmitirlo de un modo u otro; en un medio u otro. El sentido común y el tiempo procurarán lo demás. Lo importante, lo riguroso, lo científico ya lo puso, clarividentemente, en el candelero José Rodríguez Díez, O.S.A. ; a quien hay que agradecer y felicitar por éste y otros trabajos en pro de lo escurialense.