El Real Sitio sin protección adecuada, 40 años después
Juan Montfort.- El 2 de noviembre de 1984 la UNESCO incluyó el ‘Monasterio y Sitio de El Escorial’ en la lista de Patrimonio Mundial, “llamando la atención de las autoridades españolas de la importancia de la estricta protección del entorno natural que es inseparable de ese monumento”.
Como no estaba claro cuáles eran los límites de Sitio de El Escorial, en 2003 la Comunidad de Madrid encargó a la Escuela Superior de Arquitectura una propuesta sobre la delimitación del área afectada por la declaración de la UNESCO. El informe confirmó que el sitio fundado por Felipe II está indisolublemente unido a las fincas que él mismo adquirió: La Herrería, La Fresneda, Campillo y Monesterio. Igualmente, los caminos del agua y toda la infraestructura y edificaciones que daban servicio al monasterio -molinos, arcas de agua, presas, fuentes, estanques, caminos reales, pozos de nieve, ermitas, como las del propio casco histórico de San Lorenzo y de El Escorial son inseparables del propio monasterio-, cuya vida no habría sido posible sin ellas. La propuesta concluye “que la unidad territorial de partida sobre la que establecer las estrategias de protección y puesta en valor es el ámbito delimitado por la cerca”.
Por otra parte, en la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) en 2006 del ámbito delimitado por la Cerca Histórica de Felipe II, se dice que los elementos que constituyen el Real Sitio son los incluidos en la Gran Cerca. También establece que “La protección, ordenación y conservación del Bien de Interés Cultural, así como del entorno del mismo, se llevará a cabo mediante Planes Directores y Planes Especiales …”. Sin embargo, dieciocho años después de la declaración del BIC sigue sin haberse publicado, y ni tan siquiera elaborado, la normativa que podría hacer efectiva su protección de manera objetiva y firme.
Al no existir un Plan Especial de Protección, son las Comisiones Locales de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid las que aplican criterios que, según los casos, pueden ser diferentes para uno u otro tipo de actuación, así como distintos según el momento y las orientaciones políticas que reciban. Ello ha hecho posible que se aprobaran proyectos que de forma flagrante contravienen los principios establecidos en la declaración del BIC, como en el SAU2 (Polígono Miravalle). La falta de un Plan Especial de Protección ha sido denunciada repetidamente por asociaciones locales y profesionales, incluso ante el Defensor del Pueblo, hasta ahora sin éxito.
Y no solo eso. En 2012, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, a través de la Comunidad de Madrid, planteó y logró una delimitación enormemente restrictiva de los lindes del bien declarado Patrimonio Mundial, limitándolo al Monasterio y las Casitas de arriba y abajo, y dejando fuera el casco histórico e incluso el bosque de La Herrería.
Así es que nos encontramos con que cuarenta años después de la declaración de Patrimonio Mundial del Monasterio y el Sitio de El Escorial, la protección del entorno del bien es más nominal que efectiva, lo que lo hace vulnerable a la fuerte presión urbanística. Un ejemplo es el SAU2 cuyo proyecto de urbanización se acaba de concretar. Otro, todavía en ciernes, es el que acabamos de conocer, Agrohub Palacio de Monasterio, pretende edificar 300.000m2 en la finca Monesterio con la fantasiosa escusa de ser un ‘Proyecto de Alcance Regional’ para la Comunidad de Madrid para de esa forma saltarse la mayor parte de los procedimientos urbanísticos. Y así pueden venir más.
Junto con la celebración del 40 aniversario de la declaración de Patrimonio Mundial conviene que veamos qué mecanismos de defensa usar frente a esas agresiones, actuales o potenciales. Se pueden plantear tres. Uno es que de una vez se elabore y apruebe un Plan Especial de Protección del BIC de la Cerca de Felipe II, bien por la Comunidad de Madrid con carácter supramunicipal, bien con normativa urbanística específica de protección en cada uno de los dos municipios más afectados. Un segundo mecanismo es la Evaluación de Impacto Patrimonial de proyectos que puedan amenazar bienes declarados Patrimonio Mundial y a su entorno, como las que ya implementa y recomienda UNESCO, para la que ya hay una metodología y experiencia acumuladas. Un tercer método de defensa del Real Sitio sería la reinterpretación por la UNESCO de lo que se considera el Sitio del Escorial como parte del Patrimonio Mundial concentrado en el monasterio, entendiendo que, como afirma el decreto de declaración BIC, éste abarca a todo el territorio de la Cerca de Felipe II.
Ninguna de esas vías va a ser fácil de recorrer, pero el impulso y la participación ciudadana y de la sociedad civil puede y debe ganar terreno en todas las cuestiones relativas a la conservación y mejora de nuestro entorno cultural y natural y asegurar cuarenta años más del estatus de Patrimonio Mundial.