EL mojón Calleja Larga. La inscripción que no fue

A pesar de los años transcurridos, el paseo de los Álamos continúa sin haberse empedrado y las aguas pluviales siguen dejando las raíces de los árboles a la vista y surcos intransitables a lo largo del terreno
VICENTE M. ROSADO.- Los que andamos por el entorno escurialense conocemos una gran pieza de piedra que se encuentra empotrada y formando parte de la pared sur que cerca la Casita del Príncipe al final de la Calleja Larga. Es una piedra de 130 centímetros de altura, blanca en su origen y actualmente ya parda por el paso del tiempo, que tiene cincelada la frase “SE EMPEDRO ES/TA CALLE EN SET/DEL AÑO/DE 1716”. El texto está encabezado por la Cruz Trinitaria, el Capelo de San Jerónimo y la parrilla escurialense. Este mojón crea confusión por la reseña y por la posición, por lo cual, y por la documentación que tengo paso a tratar.
En uno de los capítulos celebrados por los jerónimos, el padre vicario propuso buscar una solución para evitar que cada vez que se plantaban nuevos ejemplares de árboles en la calle de los Álamos, la bajada de aguas pluviales dejaban al descubierto las raíces y se arruinaban. Para ello, y según dio fe el escribano con fecha 20 de julio de 1716, se dirigió a los padres Capitulares solicitando se procediese a empedrar la calle. Estos rechazaron realizar el costoso cometido, pero la anticipación fue más rápida que la proposición y resolución, y el vicario ya había encargado la piedra y leyenda que debería atestiguar y perpetuar el empedrado. No solo la anticipación, sino que, entiendo según el texto grabado, que tenía previsto que en septiembre estaría terminada la obra.
Reseño a continuación el texto íntegro del acta capitular:“En dho dia veynte de Julhio de mill setecientos y diez y seis y en dho capitulo propuso dho Rmo (Reverendísimo) Pe (Padre) Vicario a los PPes (Padres) Capitulares como la calle de los Alamos que vaxa desde este Convento al escorial tenia mucha necesidad de Arboles y aunque algunas vezes se havian plantado no producian y muchos de los antiguos se yvan perdiendo a causa de no estar enpedrada dha calle y por esto las aguas arrollavan la tierra y descubrian las rayzes de dhos arboles, y consiguientemente se perdian por otros motivos proponia a la Commd si gustava que dha calle se empedrase poco a poco según a lo que alcanzase: lo qual entendido por dhos PPes (Padres) capitulares respondieron quedavan sin permiso para que dha calle se empedrase en la forma que su Rma (Reverendísima) lo habia propuesto; de que yo el sRio (scrivano) de Capitulo doy fee y lo firme junto con el dho Pe (Padre) Vicario”. Consecuentemente, la protagonista de esta crónica quedó apartada de su objetivo sin conocer el lugar de estancia a partir de ese año. Actualmente, su función es señalar la línea demarcatoria entre San Lorenzo y El Escorial, pero en 1771-1773, fecha de la construcción de la Casita del Príncipe, no fue colocada en esa posición ya que en esos años aún no habían sido fijados los términos escurialenses. Pues bien, el día 16 de enero de 1822, por orden de la Diputación Provincial, se reunieron en el ayuntamiento de San Lorenzo los comisionados designados para proceder a determinar la jurisdicción geográfica que debería tener este término. El reconocimiento se había realizado el día anterior y en esa visita del terreno y al llegar a este punto, se reseñó así: “… y siguiendo derechamente a distancia de doscientos treinta pasos fue a dar y confrontar a la tapia del Jardin de S.M. donde por cimiento tiene una piedra blanca y rubia tumbada y no derecha, la cual tiene las parrillas de San Lorenzo, encima de ellas el capelo de San Jerónimo, y encima de este una Cruz de la Trinidad con un letrero que dice: Se empedro esta calle en Setiembre del año de mil setecientos diez y seis …”. Observen el testimonio que queda descrito de “tumbada y no derecha”, significativo que, aunque formaba parte, no estaba convenientemente integrada tal y como la conocemos.
Diez meses después, el 16 de noviembre y ya con el señor D. Vicente Bernaldo de Quirós, Exdiputado Provincial y como Juez comisionado por la Excma. Diputación de Madrid para llevar a efecto el señalamiento del término jurisdiccional, y ya habiendo sido autorizada la demarcación por Su Majestad en su Real Orden de 15 de junio, en el mojón numero 11 del señalamiento queda reseñado de esta manera: “Y siguiendo como a doscientos diez y seis pasos de la anterior Cruz, se llego a confrontar con la tapia del Jardín de S.M. en la que al rape de la tierra hay una piedra blanca y rubia tumbada, la cual tiene gravadas las Parrillas de San Lorenzo, el capelo de San Geronimo y encima una cruz de la Trinidad con un letrero que dice: Se empedro esta calle en Setiembre del año de mil setecientos diez y seis: cuya piedra con las referidas señales, a la que no se tocó, declararon los espresados Comisionados ser uno de los cotos en que ellos se fijaron para este acotamiento”. En esta ocasión significativo que la piedra estaba “al rape de la tierra … y tumbada”, entendiéndose que estaría volcada en la tierra. Incluso, para mayor certificación de legitimidad, se cita “a la que no se tocó” (Archivo Municipal San Lorenzo, signatura 3975-2).
Ya en 1876, los días 12 y 13 de junio se realizó una demarcación entre los ayuntamientos de San Lorenzo y de El Escorial, y al llegar al mojón que nos ocupa, queda reseñado: “6º mojon. Se reconocio como tal, una piedra caliza la cual forma parte de la tapia que cerca la posesión llamada Jardin de Abajo y en cuya piedra se ve grabada una cruz, unas parrillas y un letrero que dice asi; Se empredro esta calle en septiembre de 1716”. Ya cita que “forma parte de la tapia” (Instituto Geográfico Nacional, Acta del deslinde nº 090918). El 13 de septiembre del mismo año se procedió a colocar hitos en el terreno conocido como “el Ejido” para ser gestionado independientemente por cada ayuntamiento, y que hasta este momento había sido de aprovechamiento común en cuanto a leñas y pastos (ver crónica en el número 10 del pasado mes de abril, referente al tema), y en ese punto queda descrito: “uno de estos puntos se encuentra empotrado en la tapia del jardín de S.M., en la parte del Bosque de la Herrería, es una piedra rubia blanca que contiene la siguiente inscripción “esta calle se empedro en septiembre de 1716”, tiene grabada la Cruz de la Trinidad, el Capelo de San Jerónimo y la parrilla de San Lorenzo” (Archivo Municipal San Lorenzo, Sig. 3975-7). Igualmente refiere “empotrado en la tapia”.
Curiosamente, en un deslinde que se realizó el 22 de mayo de 1956, se anotan provisionales los mojones comprendidos desde el 38 al 50, entre los cuales, el mojón 39 determina: “Se reconoció como tal, solamente con carácter provisional, una piedra caliza de forma irregular que forma parte de la tapia que sirve de cerca a la posesión llamada Jardín de Abajo (…) tiene grabadas muy borrosas una cruz y unas parrillas, un signo como este (el documento muestra dibujado el capelo de San Jerónimo) y el siguiente letrero: Se empedró esta calle en Setiembre del Año 1716”.
A pesar de los años transcurridos, continúa sin haberse empedrado y las aguas pluviales siguen dejando las raíces de los árboles a la vista y surcos intransitables a lo largo del terreno. Consecuentemente, nuestra protagonista se quedó sin cumplir su función y el paseo de los Álamos sigue teniendo, más o menos, la añoranza del siglo XVI. Aunque eso sí, tenemos un hito demarcatorio seductor. Quede ahí.




